2°) Lo que se discute es transformar asociaciones con fines altruistas (desarrollo de actividades deportivas, sociales y culturales) en sociedades con fines egoístas (dinero para especuladores financieros)
3°) La transformación propuesta altera la voluntad de los contratantes (los asociados), quienes tuvimos en mira al realizar nuestros aportes (en dinero y trabajo), una generación tras otra, fines altruistas, no de lucro.
4°) Para transformar una forma Societaria en otra la ley requiere UNANIMIDAD DE LOS SOCIOS. Ello es natural porque se trata de un contrato. En tanto el DNU 70/2023 solo requiere 2/3. Ello afecta la autonomía de la voluntad y afecta el derecho de propiedad
5°) Nada impide en la legislación argentina que existan sociedades comerciales cuyo objeto sea el deporte. A modo de ejemplo Sport Club Y nada impide que puedan organizar sus propios torneos. Empero la AFA es una entidad conformada por Asociaciones Civiles.
La AFA es una asociación civil que solamente puede estar integrada por otra asociaciones civiles que son los clubes y así se hizo muy grande el fútbol argentino. Ahora bien, ya Velez Sarsfield -quien no tenía nada de populista- cuando redactó el Código Civil fijó en el art 33 que las asociaciones que tienen por principal objeto el bien común y posean patrimonio propio son personas jurídicas privadas.
El nuevo Código en el art 148 siguió el mismo criterio estableciendo que son personas jurídicas privadas las asociaciones que tengan por principal objeto el bien común, posean patrimonio propio, sean capaces por sus estatutos de adquirir bienes y que no subsistan exclusivamente de asignaciones del Estado.
A su vez en el art 162 dispone para su transformación o fusión o escisión que en todos los casos es necesaria la conformidad unánime de los miembros de la persona o personas jurídicas que la integran.
Y más adelante en el art 168 que "La asociación civil debe tener un objeto que no sea contrario al interés general o al bien común" y agrega que NO pueden perseguir el lucro, ni pueden tener por fin el lucro para sus miembros o terceros.
6°) ¿Por qué no hacen una entidad exclusiva para las sociedades anónimas deportivas? Porque pretenden apoderarse de nuestros clubes, de nuestra historia, de nuestro esfuerzo y aporte desinteresado.
7°) Ello se llama “robo”. Se apoderarán de los estadios, de los terrenos, de las inferiores sin poner nada.
8°) Dado q el fin es ganar dinero algunos lo harán:
* ganando campeonatos y otros perdiendolos.
* construyendo estadios, otros vendiéndolos en negocios inmobiliarios.
* comprando un grupo a River y a Boca, a Racing e Independiente, a San Lorenzo y a Huracán o a todos ellos.
9°) En las asociaciones civiles vos, yo y cada uno de los asociados somos dueños. En las SAD seremos clientes.
10°) En las SAD no hay clubes, solo negocios.